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GARANTÍA POR CONTRATOS
PÚBLICOS
La Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas. Regula la contratación
con las Administraciones Públicas (Central, Autonómica
o Local). Toda Empresa interesada en contratar con la Administración
está obligada a prestar garantía ante la misma.
Los contratos con las Administraciones Públicas pueden ser
de: Obra / Suministro /Servicio /Consultoría o Asistencia.
TIPOS DE GARANTÍAS
PROVISIONALES
(DE MANTENIMIENTO DE OFERTA).
DEFINITIVAS Y COMPLEMENTARIAS
(CUMPLIMIENTO CONTRATO).
POR ABONOS A CUENTA.
ANTICIPO.
ACOPIO
DE MATERIALES o MAQUINARIA.
Todas
las empresas o profesionales que licitan y contratan con las
Administraciones Públicas.
La versión accesible está especialmente
preparada para facilitar su consulta mediante
sistemas de ayuda a la navegación en caso de
problemas de visión.