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GARANTÍAS
Crédito y
Caución garantiza al asegurado la indemnización,
al porcentaje de garantía establecido en la Póliza,
de las pérdidas que experimente por la insolvencia de
sus deudores.
La garantía
nace a partir de la fecha de entrega de la mercancía,
prestación del servicio o ejecución de la instalación
u obra, y alcanza a la parte aplazada del precio de la operación.
Quedan también incluidos dentro de las garantías
del seguro los gastos de recuperación de los créditos
impagados, así como los costes de reimportación
o reexportación de mercancías y las pérdidas
que eventualmente el asegurado se viese obligado a asumir en
la reventa de las mismas.
Son elementos determinantes del pago o anticipo de la indemnización
las siguientes circunstancias:
MORA
PROLONGADA
Mantenimiento
de la situación de impago de un crédito, total
o parcial, durante el período
de tiempo estipulado en la póliza.
SITUACIONES
CONCURSALES
Cuando
el deudor haya sido legalmente declarado en situación
concursal mediante
resolución judicial firme, y en su pasivo se encuentre
reconocido el crédito
del asegurado.
QUITA
Cuando
entre el deudor y sus acreedores haya sido aprobado un convenio
de pago,
judicial o extrajudicial, en el que se pacte una quita o reducción
del importe de
los créditos.
INSUFICIENCIA PATRIMONIAL
Cuando
despachado mandamiento de ejecución o apremio contra
el patrimonio del
deudor, sin que del embargo consiguiente resulten bienes libres
bastantes para
el pago del crédito reclamado.
CRÉDITO
INCOBRABLE POR MUTUO ACUERDO
Cuando
asegurado y compañía, de mutuo acuerdo, consideren
que el crédito resulta
incobrable.
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preparada para facilitar su consulta mediante
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