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GARANTÍAS
Crédito y
Caución garantiza al asegurado la indemnización,
al porcentaje de garantía establecido en la Póliza,
de las pérdidas que experimente tanto por la resolución
de los contratos de obra o suministro asegurados, como por el
posterior impago de los bienes entregados al comprador.
Asimismo, quedan
incluidos dentro de las garantías del seguro los gastos
de recuperación de los créditos impagados o de
ejecución forzosa de los contratos..
Son elementos determinantes del pago de la indemnización
las siguientes circunstancias:
SITUACIONES
CONCURSALES
Cuando
el deudor haya sido legalmente declarado en situación
concursal mediante
resolución judicial firme, y en su pasivo se encuentre
reconocido el crédito
del asegurado.
QUITA
Cuando
entre el deudor y sus acreedores haya sido aprobado un convenio
de pago,
judicial o extrajudicial, en el que se pacte una quita o reducción
del importe
de los créditos.
INSUFICIENCIA PATRIMONIAL
Cuando
despachado mandamiento de ejecución o apremio contra
el patrimonio del
deudor, sin que del embargo consiguiente resulten bienes libres
bastantes para
el pago del crédito reclamado.
CRÉDITO
INCOBRABLE POR MUTUO ACUERDO
Cuando
Asegurado y Compañía, de mutuo acuerdo, consideren
que el crédito resulta
incobrable..No obstante, la Compañía, una vez
producido el incumplimiento
contractual o el impago, puede anticipar íntegramente
su indemnización
al asegurado en plazos tasados en la póliza.
La versión accesible está especialmente
preparada para facilitar su consulta mediante
sistemas de ayuda a la navegación en caso de
problemas de visión.